INDECOPI establece como precedente vinculante que las disposiciones administrativas generales que no cumplan con los requisitos de publicación, serán inexigibles
31 mayo 2024

Mediante la Resolución 337-2024/SEL-INDECOPI, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi aprobó un nuevo Precedente de Observancia Obligatoria por el que define el concepto de “norma de carácter general”, así como las reglas de publicación para la vigencia y eficacia de las siguientes disposiciones administrativas:

  • Normas generales.
  • Directivas, Lineamientos y Reglamentos Técnicos, aprobados por otra norma.
  • Norma de carácter general aprobada por otra norma.
  • Norma aprobatoria del TUPA.

1. Primer precedente: INDECOPI aclara el concepto de “norma de carácter general”

Las disposiciones generales que no sean prepublicadas podrán ser denunciadas como ilegales. La calidad de “general” es relevante porque el requisito de prepublicación solo alcanza a las normas que no cumplan con estos requisitos:

A. Criterio Ordinamental: se incorpora al ordenamiento jurídico con carácter permanente en el tiempo

B. Criterio de Consunción: es susceptible de una infinidad de cumplimientos

C. Criterio de Generalidad: puede ser aplicado a un conjunto indeterminado de destinatarios

El Reglamento de Publicidad Normativa[1] obliga a las entidades a prepublicar las normas de carácter general con 30 días de anticipación a su entrada en vigencia. INDECOPI podrá declarar la ilegalidad en aquellos casos en que este requisito ser incumpla.

2. Segundo precedente: INDECOPI interpreta los requisitos de publicación

La Sala también ha definido las reglas de publicación aplicables para la vigencia y eficacia de distintas categorías de disposiciones administrativas (Anexo 1):

A. Si la disposición administrativa no cumple con las reglas recogidas en el Precedente, el mandato no resulta exigible u oponible a los administrados.

La Sala ya había adelantado este criterio en casos concretos, señalando que los mandatos que incumplieran con las formalidades de publicación, no serían capaces de surtir efectos jurídicos ni ser oponibles a los administrados.[2]

B. Los actos administrativos y medidas sustentadas en esta clase de normas inoponibles (por ejemplo, requisitos de licencias de funcionamiento o normas técnicas), podrían ser declaradas ilegales.

 

El INDECOPI tiene pendiente la publicación del precedente en el Diario Oficial El Peruano. Podrán encontrar documento aquí:

doc_202405061615192055 (2)

 

 

Contactos en Regulación y Competencia

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[1]     Decreto Supremo 1-2019-JUS.

[2]     Resolución 265-2022/SEL-INDECOPI recaída en el Expediente 69-2021/CEB.

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Anexo I

Disposiciones Administrativas Contenido de la Publicación Entidad Emisora Medio de Publicación
Normas de carácter general Texto íntegro de la norma Entidades de la Administración Pública. Diario oficial “El Peruano”.
Municipalidades fuera de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao. Diario encargado de los avisos judiciales; o,
Algún otro medio que asegure su publicidad (de no contar con diario de avisos judiciales).
Directivas, Lineamientos y Reglamentos Técnicos, aprobados por otra norma Texto íntegro de la norma aprobatoria Entidades de la Administración Pública. Diario oficial “El Peruano”.
Municipalidades fuera de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao. Diario encargado de los avisos judiciales; o,
Algún otro medio que asegure su publicidad (de no contar con diario de avisos judiciales).
Texto íntegro de la norma aprobada Todas las Entidades de la Administración Pública. Plataforma Gob.pe; y, el portal electrónico de la entidad.
Norma de carácter general aprobada por otra norma Texto íntegro de la norma aprobatoria Entidades de la Administración Pública. Diario oficial “El Peruano”.
Municipalidades fuera de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao. Diario encargado de los avisos judiciales; o,
Algún otro medio que asegure su publicidad (de no contar con diario de avisos judiciales).
Texto íntegro de la norma aprobada Entidades de la Administración Pública Diario oficial “El Peruano”.
Municipalidades fuera de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao. Diario encargado de los avisos judiciales; o,
Algún otro medio que asegure su publicidad (de no contar con diario de avisos judiciales).
Norma aprobatoria del TUPA Texto íntegro de la norma aprobatoria Entidades de la Administración Pública. Diario oficial “El Peruano”.
Municipalidades fuera de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao. Diario oficial “El Peruano”; o,
Diario encargado de los avisos judiciales; o,
Algún otro medio que asegure su publicidad (de no contar con diario de avisos judiciales).
Texto íntegro del TUPA Todas las Entidades de la Administración Pública. Portal web del diario oficial “El Peruano; o,
Plataforma Gob.pe; o;
El portal electrónico de la entidad.
Norma que contiene anexos Texto íntegro de la norma aprobatoria Entidades de la Administración Pública. Diario oficial “El Peruano”.
Municipalidades fuera de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao. Diario encargado de los avisos judiciales; o,
Algún otro medio que asegure su publicidad (de no contar con diario de avisos judiciales).
Anexos en su integridad Todas las Entidades de la Administración Pública. Portal electrónico de la entidad.

 

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