El 10 de agosto de 2023 se publicó en El Peruano la Resolución 383-2023/SEL-INDECOPI, a través de la cual la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI (“Sala”) confirmó una decisión de primera instancia que declaró barrera burocrática ilegal la imposición de un plazo perentorio (sea que se considere por caducidad o prescripción) para la rectificación de la planilla electrónica para que ESSALUD asuma el pago de las prestaciones de recuperación de los trabajadores. Esta medida se encuentra materializada en el artículo 36 del Decreto Supremo 9-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, modificado por el Decreto Supremo 20-2006-TR
La decisión se sustentó en que el plazo dentro del cual pueden realizarse declaraciones rectificatorias es el de plazo de prescripción establecido en el Código Tributario, el cual es de 4 años. Así, cualquier rectificación dentro de dicho plazo resulta lícita y no podría ser considerada un pago tardío o inoportuno a efectos de que ESSALUD requiera a los obligados el reembolso de los costos de las prestaciones de recuperación asumidos por sus trabajadores.
Precisamente, ESSALUD había venido solicitando a distintos agentes económicos el pago de los gastos asumidos por la entidad por prestaciones de recuperación de sus trabajadores cuando los empleadores realizaban una declaración rectificatoria fuera del mes en el que debía hacerse la declaración principal. Con ello, ESSALUD lograba trasladar a los agentes los costos de coberturas que le corresponde asumir a la propia entidad.
Como consecuencia de esta decisión, a partir de ahora ESSALUD ya no podrá aplicar esta barrera burocrática a ningún agente económico, bajo riesgo de sanción por incumplimiento del mandato general. En caso exista algún intento de cobro actual o futuro de parte de Essalud por estos conceptos, se podrá denunciar ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas el incumplimiento del mandato y solicitar que se inaplique la barrera al agente denunciante.
Este resultado positivo fue obtenido en un procedimiento cuya asesoría fue liderada por el equipo especialista de Baxel Consultores, conformado por el socio Christian Chávez y el asociado Alonso Salazar.
Alentamos a cualquier empresa que se enfrente a un cobro como este a contactarnos para adoptar las medidas necesarias a fin de evitar la imposición de la barrera burocrática ilegal.
Christian Chávez – cchavez@baxel.pe / Alonso Salazar – asalazar@baxel.pe
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